EMPRESA MAYORISTA EN CALI

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VENTA DE SEGUROS MEDICOS INTERNACIONALES CALI

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jueves, 30 de julio de 2015

APOSTILLA TRADUCCION OFICIAL AL INSTANTE CALI VALLE DEL CAUCA

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miércoles, 29 de julio de 2015

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Usted no requiere de cita para realizar su trámite de apostilla y/o legalización. Recepcionamos documentos de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. y entregamos documentos de 3:30 p.m. a 4:30 p.m.
Atención en línea las 24 horas del día. WHATHSAPP 3103851682


La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961.

La legalización también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961.

La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿Debe ir la persona titular del documento a apostillar o legalizar?  
No. Cualquier persona puede legalizar o apostillar un documento, siempre y cuando éste se encuentre avalado con la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones.

  ¿Cuántos documentos puedo apostillar o legalizar?
No hay límite de documentos para la expedición de apostilla y/o legalización. El usuario puede realizar el trámite cuantas veces desee




martes, 21 de julio de 2015

TRADUCTORES PROFESIONALES CALI VALLE DEL CAUCA Y PARA COLOMBIA



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miércoles, 15 de julio de 2015

Consulado de Chile en Santiago de Cali, Colombia | TRAMITES PARA Viajeros TEL: 3187200758 - 3184160542

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miércoles, 8 de julio de 2015

URGENCIAS APOSTILLAJE diplomas tarjetas postales OFICINA PRINCIPAL SERVICIO DE A POSTALES APOSTILLAS Y LEGALIZACIONES MENSAJERIA INTERNACIONAL TRAMITES ANTE CONSULADOS

¿QUÉ ES UNA APOSTILLA?

La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. 
La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 
Consultar el listado de países que apostillan:

Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia,Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana,Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú,Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.

¿QUÉ ES UNA LEGALIZACIÓN?

La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. La legalización también podrá imponerse sobre documento privado.

La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores

TRADUCCIÓN OFICIAL
Diligencias que se hacen ante traductores oficiales de todas las lenguas autorizados por el gobierno Colombiano (Ministerio del  Exterior y de Justicia) El tiempo varía dependiendo el número de páginas a traducir.

CORREO INTERNACIONAL CERTIFICADO Entrega de documentos y paquetes a nivel mundial, llegamos a más de 250 destinos en el mundo a través de los mejores Courier como FEDEX, DHL, TNT, COPA COURIER.


APOSTILLADO Y LEGALIZACIONES
Diligencias que se hacen a peticiones del cliente ante el ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, ubicado en Bogotá, para que el documento tenga valides en el exterior. El tiempo estimado del trámite es de 2 a 3 días hábiles en condiciones normales.
TRADUCCIÓN OFICIAL
Diligencias que se hacen ante traductores oficiales de todas las lenguas autorizados por el gobierno Colombiano (Min Exterior y Min Justicia) El tiempo varía dependiendo el número de páginas a traducir.
TRÁMITES CONSULARES
Estas diligencias se hacen a petición del cliente, gestionamos todo tipo de documentos que no requieran la presencia del solicitante, como representaciones de menores, sellos de autenticación de firmas, compulsar certificados de estudio, entre otras.

ENVIOS
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Trámite ante al ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia de todo tipo de documentos (Públicos y Privados)
CORREO URBANO CERTIFICADO
Recepción y distribución de documentos y paquetes en la ciudad de Cali y sus alrededores a través de los mejores courier de la ciudad.
CORREO NACIONAL CERTIFICADO
Recepción y distribución de documentos a nivel nacional, llegamos a las principales ciudades del país a través de los mejores Courier.
CORREO INTERNACIONAL CERTIFICADO
Entrega de documentos y paquetes a nivel mundial, llegamos a más de 250 destinos en el mundo a través de los mejores Courier como FEDEX, DHL, TNT, COPA COURIER. Seguimiento y rastreo de los envíos vía internet. Los tiempos de entrega varían según el país de destino.

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¿QUÉ ES UNA APOSTILLA?

La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. 
La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 
Consultar el listado de países que apostillan:

Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia,Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana,Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú,Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Suriname, Swazilandia, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.

¿QUÉ ES UNA LEGALIZACIÓN?

La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961. La legalización también podrá imponerse sobre documento privado.

La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores

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